Medicamentos extranjeros

Medicamentos extranjeros - Pregunta 01

Si el médico me ha prescrito un medicamento que no está comercializado en nuestro país, pero sí que está disponible en otros países ¿qué tengo que hacer?

Los medicamentos que no están autorizados en España y que su utilización sea imprescindible para prevenir o curar una determinada enfermedad se tendrán que importar de otros países.

Medicamentos extranjeros - Pregunta 02

¿Se Importan todos los medicamentos extranjeros que se solicitan?

La Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS) deberá autorizar la importación de los medicamentos extranjeros.

Medicamentos extranjeros - Pregunta 03

En la Comunitat Valenciana ¿quién tramita la solicitud a la AEMPS?

Los trámites se realizan en los Servicios de Farmacia de los hospitales de la Conselleria de Sanitat o en las Direcciones Territoriales de Sanidad (Valencia, Castellón o Alicante).

Los Servicios de Farmacia de los hospitales de la Conselleria de Sanitat, tramitarán las solicitudes si la prescripción la ha realizado un médico de la Conselleria y usted tiene la condición de asegurado o beneficiario de la Seguridad Social. Si la AEMPS autoriza la importación, desde el Servicio de Farmacia le dispensarán el medicamento. El paciente deberá presentar el informe del médico y la tarjeta SIP.

Si usted pertenece a una mutualidad (MUFACE, MUGEJU o ISFAS) o va un médico privado, los trámites y la dispensación se realizarán desde las Direcciones Territoriales de Sanitat (Valencia, Alicante o Castellón según le corresponda). Si la AEMPS considera que un medicamento solo se puede dispensar en un hospital, los trámites los realizará el Servicio de Farmacia del hospital donde lo estén atendiendo. El paciente deberá presentar el informe médico y deberá identificarse.